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Mostrando las entradas etiquetadas como Compensación por Tiempo de Servicios

Me despidieron por quedar embarazada ¿Puedo demandar alguna indemnización?

Despedir a una persona con motivo de su embarazo es una de las cinco causas de Despido Nulo previstas en el D. S. 003-97-TR. Despido Nulo significa que carece de efectos legales y por lo tanto no resulta idóneo para extinguir la relación de trabajo; las consecuencias económicas de ese procedimiento pueden ser bastante favorables al trabajador. Las otras causas de despido nulo son la afiliación a un sindicato o la participación en actividades sindicales; ser candidato a representante de los trabajadores o actuar o haber actuado en esa calidad; presentar una queja o participar en un proceso contra el empleador ante las autoridades competentes, salvo que configure la falta grave. En el caso del embarazo se configura el despido nulo si se produce en cualquier momento del período de gestación o dentro de los 90 (noventa) días posteriores al parto. Se presume que el despido tiene por motivo el embarazo, si el empleador no acredita en este caso la existencia de una causa justa para de...

¿Cómo calcular el depósito de CTS de Mayo del 2007?

La joroba por el día del trabajo En medio de las felicitaciones con motivo del día del trabajador, me ha parecido conveniente hacer un reconocimiento un poco más práctico. La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio destinado a proteger al trabajador y su familia de las contingencias del cese. Económicamente hablando tiene la naturaleza de un ahorro forzoso; jurídicamente hablando, tiene el mismo tratamiento y protección que alcanzan a los demás conceptos remunerativos. En la relación que se produce con motivo de la CTS participan, por regla general, tres partes: El empleador, obligado a realizar los depósitos; la entidad financiera, obligada a guardar los depósitos y entregarlos al trabajador en el momento del cese; y finalmente, el trabajador mismo, quien es la persona a favor de quien se realizan los depósitos. Las imposiciones dinerarias relativas a la CTS se deben realizar en la primera quincena de Mayo y en la primera quincena de Noviembre, el cálculo debe obser...