La ley define la remuneración como las sumas que recibe el trabajador como contraprestación por sus servicios, sin importar la denominación que se de a dichas sumas, siempre y cuando sean de libre disposición. De lo mencionado se puede apreciar que las características principales de un concepto remunerativo son: 1. Su naturaleza retributiva (se algo que se da "por" el trabajo) 2. La libertad de diposición (el trabajador es propietario de la remuneración) 3. La irrelevancia de la demoninación (el nombre que se le da al concepto no determina su naturaleza sino la realidad y las condiciones de su percepción).
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