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Beneficios del Régimen de Tiempo Parcial


A los trabajadores de tiempo parcial se les conoce como "de medio tiempo" o "por horas", sin embargo tales denominaciones pueden llevarnos a establecer calificaciones equivocadas. Algunos podrían pensar que el llamado "medio tiempo" se estaría refiriendo a la mitad de la jornada máxima, es decir 4 horas; de allí que se deba tener en cuenta que si bien la jornada máxima legal es de 8 horas diarias o 48 horas semanales, eso no significa que tal jornada es la única que produce los efectos del tiempo "completo".

Un trabajador de tiempo parcial es aquel que presta servicios personales y subordinados en una jornada inferior a las 4 horas diarias (v.g. 3 horas y 50 minutos), el contrato debe realizarse por escrito y es renovable de manera ilimitada.

Los trabajadores en ese régimen perciben aquellos beneficios que no tengan como condición para su percepción la realización de una jornada mínima de cuatro horas, es decir que tienen derecho a recibir:

  1. Asignación familiar (equivalente al 10% de la R.M.V.)
  2. Gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad
  3. Utilidades

Además tienen derecho a estar asegurados en Essalud y debe hacer las retenciones que correspondan por concepto de AFP/ONP según corresponda.


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Comentarios

Willy Payehuanca Ramos ha dicho que…
hola trabajo los dias viernes , sabado y domingo , son 19,45minutos semanal, mi contrato dice tiempo parcial , tengo derecho a mis gratificaciones de fisetas patrias,? mi jefe dice que no tengo derecho a nada! , gracias por la respuesta ,
ATTE
willy

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